Resumen Ejecutivo
El año 2025 se erige como un momento crucial para la política industrial global y la competencia fiscal. A medida que la era de la post-globalización se consolida en una realidad de bloques regionales, “friend-shoring” y autonomía estratégica, el papel de la política fiscal ha pasado de ser un instrumento pasivo de recaudación de ingresos a una palanca activa de estrategia geopolítica. Este informe ofrece un análisis exhaustivo y de nivel experto de los incentivos fiscales para la investigación y el desarrollo (I+D) y la innovación dentro de México, rigurosamente comparados con sus socios comerciales de América del Norte (Estados Unidos y Canadá) y sus pares económicos de América Latina (Brasil, Chile y Colombia).
El hallazgo central de este análisis es que México ha adoptado una estrategia distintiva de “Hardware-Primero”. A través del despliegue del Decreto “Plan México” de enero de 2025, la administración ha priorizado la acumulación rápida de capital industrial físico —maquinaria, construcción y activos de transporte— sobre el desarrollo intangible de propiedad intelectual (PI). Al ofrecer deducciones inmediatas de hasta el 91% para activos fijos mientras limita los incentivos a la innovación a un modesto MXN 1.5 mil millones anuales, México se posiciona efectivamente como el principal piso de fabricación del mundo, pero corre el riesgo de seguir siendo un importador neto de los avances científicos que impulsan la riqueza a largo plazo.
En marcado contraste, Estados Unidos ha virado agresivamente de nuevo al apoyo a la creación intangible a través de la “One Big Beautiful Bill Act” (OBBBA) de julio de 2025, que restauró la deducción total inmediata para la I+D doméstica (Sección 174A). Canadá sigue liderando el hemisferio en el apoyo al riesgo en etapas tempranas mediante su programa reembolsable SR&ED. En el hemisferio sur, Brasil utiliza súper-deducciones para subsidiar el capital humano de los investigadores, y Chile ha priorizado la estabilidad legislativa al extender su marco de I+D hasta 2035.
Este informe argumenta que para que México trascienda la “trampa del ingreso medio” y logre su ambición de convertirse en una de las 10 principales economías globales, debe cerrar el abismo entre incentivar el ensamblaje y la invención. Los marcos actuales para la innovación, que son incrementales, limitados y gobernados por comités, sirven como una restricción al potencial del país para fomentar un ecosistema doméstico de “unicornios” o atraer centros de ingeniería de alto valor agregado. El camino hacia la prosperidad reside en evolucionar estos incentivos de beneficios discrecionales a derechos amplios que recompensen la creación de conocimiento con la misma ferocidad con la que actualmente recompensan el vertido de hormigón.
1. El Contexto Geopolítico y Macroeconómico de la Innovación en 2025
1.1 La Guerra Global de Subsidios y el Retorno de la Política Industrial
Para 2025, el consenso económico global se ha alejado decisivamente de la neutralidad de laissez-faire hacia una política industrial activa. Estados Unidos, la Unión Europea y China están inmersos en una “guerra de subsidios”, utilizando créditos fiscales, subvenciones y proteccionismo comercial para asegurar el dominio en sectores críticos como semiconductores, electromovilidad y biotecnología. Para economías emergentes como México, este entorno presenta tanto una amenaza existencial como una oportunidad histórica. La amenaza radica en la fuga de capitales hacia jurisdicciones que ofrecen subsidios ilimitados; la oportunidad reside en la tendencia del “nearshoring”, donde la proximidad al mercado estadounidense se convierte en un activo premium.
La respuesta fiscal de México, plasmada en el “Plan México”, intenta navegar este panorama con un espacio fiscal limitado. A diferencia de Estados Unidos, que conserva el privilegio exorbitante de emitir la moneda de reserva mundial para financiar déficits, México enfrenta restricciones fiscales vinculantes. Como se detalla en la consulta del Artículo IV del FMI de 2025, la actividad económica de México se ha suavizado, con un crecimiento proyectado en un modesto 1.0% para 2025 debido a la política monetaria restrictiva y el necesario desmantelamiento de la expansión fiscal de 2024.1 Esta realidad fiscal dicta el diseño de los incentivos de México: son específicos, temporales y limitados, contrastando marcadamente con los programas de derechos abiertos de sus vecinos del norte.
1.2 La Estrategia del “Plan México”: Crecimiento a Través de la Capacidad
La estrategia de la administración apunta explícitamente a expandir la capacidad productiva de la nación. La lógica sugiere que antes de que México pueda convertirse en un hub de innovación, primero debe asegurar su posición como el socio de fabricación indispensable de América del Norte. Por lo tanto, los incentivos fiscales emitidos en enero de 2025 están fuertemente inclinados hacia la Formación de Capital Fijo (Capex). La teoría económica subyacente postula que la modernización de la base industrial a través de la depreciación acelerada conducirá orgánicamente a la transferencia de tecnología y, eventualmente, a la innovación autóctona. Sin embargo, los críticos argumentan que sin apoyo directo a la I+D (Opex), esta transferencia de tecnología es lenta y deja a las empresas mexicanas como fabricantes por contrato dependientes en lugar de propietarias de PI.
1.3 El Papel de la Incertidumbre
Un tema recurrente en 2025 es el impacto de la incertidumbre en la inversión. El FMI señala que la “incertidumbre comercial” y la “incertidumbre regulatoria” son obstáculos primarios para México.1 En el ámbito de la política fiscal, la incertidumbre se manifiesta en la administración de los incentivos. Los sistemas que dependen de comités discrecionales (como los de México) introducen una capa de riesgo político y burocrático que eliminan los sistemas automatizados basados en reglas (como el crédito fiscal de I+D de EE. UU.). Este informe analizará cómo esta “fricción administrativa” actúa como un impuesto en la sombra sobre la innovación.
2. Análisis Detallado: El Marco Tributario de la Innovación de México (2025)
El marco actual de México es un sistema de doble vía que consiste en el recién emitido “Decreto de Nearshoring” (Plan México) y el crédito fiscal de I+D preexistente y formal (EFIDT). Comprender la interacción y la mecánica específica de estos dos instrumentos es esencial para evaluar la competitividad del país.
2.1 El Decreto “Plan México” (21 de enero de 2025)
El 21 de enero de 2025, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó un Decreto Presidencial en el Diario Oficial de la Federación, diseñado explícitamente para “fomentar el nearshoring, nuevas inversiones, capacitación local e innovación”.2 Este decreto representa la principal herramienta fiscal del gobierno para el período 2025-2030.
2.1.1 La Deducción Inmediata (Depreciación Acelerada)
La pieza central del Decreto es la deducción inmediata para inversiones en nuevos activos fijos. Esta es una poderosa herramienta de liquidez, efectivamente un préstamo sin intereses del gobierno, que permite a las empresas recuperar el costo de su inversión por adelantado en lugar de hacerlo a lo largo de décadas.
- Mecanismo: Los contribuyentes pueden deducir un porcentaje especificado del costo de adquisición del activo en el ejercicio fiscal en que se realiza la inversión. Esto se aplica a los activos adquiridos entre el 22 de enero de 2025 y el 30 de septiembre de 2030.2
- El Requisito de “Nuevo”: Fundamentalmente, los activos deben ser “nuevos”, definidos como aquellos utilizados por primera vez en México. Esto evita que las empresas simplemente transfieran maquinaria antigua de una subsidiaria mexicana a otra para reclamar el beneficio, asegurando que el incentivo impulse una nueva capacidad neta.4
- Tasas Estratégicas por Sector: Las tasas de deducción están calibradas para dirigir el capital hacia industrias estratégicas específicas:
- Electromovilidad: Una deducción masiva del 86% (2025-2026) para activos utilizados en la fabricación de vehículos eléctricos e híbridos, señalando la intención de México de seguir siendo un hub automotriz global en la era post-combustión.2
- Construcción: Hasta el 86%, con el objetivo de estimular el desarrollo de infraestructura que ha sido un cuello de botella para el nearshoring.2
- Hidrocarburos: Hasta el 72% para activos midstream y downstream (transporte, almacenamiento, procesamiento), lo que refleja el enfoque continuo de la administración en la soberanía energética.2
- Alta Tecnología y Fabricación: Las tasas generalmente oscilan entre el 56% y el 89% para maquinaria en los sectores textil, minero y aeroespacial.5
- Exclusiones: El decreto excluye explícitamente el mobiliario de oficina, los automóviles de combustión interna y el equipo de blindaje.3 Esta exclusión refuerza el enfoque industrial de la política; los gastos generales administrativos no se subsidian, solo la capacidad productiva.
2.1.2 La Deducción Adicional por Capacitación e Innovación
Complementando los incentivos de hardware hay un incentivo “suave” dirigido al capital humano y la PI. Si bien es menos significativo financieramente en términos absolutos, representa un intento estructural de mejorar la fuerza laboral.
- Estructura del Beneficio: Los contribuyentes pueden reclamar una deducción adicional equivalente al 25% del aumento en los gastos incurridos por capacitación de empleados o innovación tecnológica.2
- Cálculo Incremental: El beneficio es estrictamente incremental. Se aplica solo a la diferencia positiva entre el gasto del ejercicio fiscal actual y el promedio de los tres ejercicios fiscales anteriores.6
- Implicación: Este diseño penaliza la innovación en estado estacionario. Una empresa que gasta consistentemente MXN 10 millones en capacitación obtiene cero deducción. Solo una empresa que aumenta el gasto de MXN 10 millones a MXN 15 millones obtiene un beneficio (25% del aumento de MXN 5 millones). Esto recompensa la volatilidad y la expansión sobre la consistencia.
- Definición de Innovación: El Decreto limita la definición de gastos de innovación elegibles a aquellos relacionados con “proyectos de inversión para el desarrollo de invenciones para obtener patentes o certificaciones iniciales que permitan la integración en cadenas de suministro locales/regionales”.4
- Análisis: Esta es una definición altamente restrictiva en comparación con los estándares globales (por ejemplo, el Manual de Frascati). Vincula el incentivo a resultados comerciales (patentes/certificaciones) en lugar de a la investigación científica. Si bien esto fomenta la comercialización, excluye vastas áreas de mejoras de procesos internos, desarrollo de software o investigación fallida que generalmente califican en otras jurisdicciones.
2.1.3 Gobernanza y el Comité de Evaluación
Una característica crítica del Decreto de 2025 es su modelo de gobernanza, que se aleja del derecho automático hacia la supervisión burocrática.
- El Comité: El acceso a los incentivos requiere la autorización de un Comité de Evaluación, compuesto por representantes de la Secretaría de Hacienda (SHCP), la Secretaría de Economía y la Junta Asesora para el Desarrollo Económico Regional y la Reubicación (CADERR).2
- El Proceso: Los contribuyentes deben presentar una solicitud de proyecto de inversión. Se espera que el Comité emita directrices dentro de los 60 días posteriores a la publicación del Decreto para determinar los criterios de elegibilidad.2
- Límite Presupuestario: La cantidad total de estímulos fiscales está limitada a MXN 30 mil millones (aproximadamente USD 1.5 mil millones) para todo el período 2025-2030.
- Distribución sesgada: MXN 28.5 mil millones están reservados para la deducción de activos fijos. Solo MXN 1.5 mil millones se asignan para la deducción por innovación y capacitación.2
- Señal Estratégica: El gobierno está asignando el 95% de su apoyo fiscal a la maquinaria y solo el 5% al conocimiento. Esta división cuantitativa confirma innegablemente la estrategia de “Hardware-Primero”.
2.2 El EFIDT (Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología)
Paralelo al Decreto, México mantiene su crédito fiscal de I+D tradicional, conocido como EFIDT (Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología).
- Beneficio: Un crédito fiscal del 30% aplicado a los gastos incrementales de I+D (exceso sobre el promedio de 3 años).8 A diferencia de una deducción, un crédito reduce la obligación tributaria dólar por dólar.
- Límite Anual: El crédito total distribuible para toda la nación está limitado a MXN 1.5 mil millones por año, con un límite por contribuyente de MXN 50 millones.8
- Transición de Gobernanza (CONACYT a SECIHTI): Históricamente, la evaluación técnica de los proyectos estaba a cargo de CONACYT. En 2025, tras reformas administrativas, este papel ha pasado a la recién creada Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (SECIHTI).10
- Impacto: La elevación del organismo científico a una Secretaría completa sugiere un perfil político más alto para la innovación. Sin embargo, la mecánica fundamental del EFIDT —su bajo límite y su complejo proceso de solicitud— permanecen sin cambios.
- Rendimiento: En 2024, solo se autorizaron MXN 452 millones del disponible de 1.5 mil millones.9 Esta subutilización (aproximadamente un 30% de aceptación) es alarmante. Sugiere que la carga administrativa de la solicitud, la rigidez de la evaluación técnica (que requiere una puntuación de 85+) y la incertidumbre del resultado disuaden a las empresas de postularse. El “costo de cumplimiento” a menudo excede el “beneficio del crédito” para proyectos más pequeños.
2.3 Debilidades Estructurales en el Modelo Mexicano
El análisis tanto del Decreto como del EFIDT revela problemas sistémicos:
- El Problema de “El Primero en Llegar, el Primero en Ser Servido”: Con límites presupuestarios estrictos (MXN 30 mil millones para el Decreto, MXN 1.5 mil millones para el EFIDT), los incentivos se convierten en una carrera. Esto favorece a los conglomerados grandes y sofisticados con equipos dedicados a las relaciones gubernamentales que pueden presentar solicitudes de inmediato, desplazando efectivamente a las PYMES.
- Falta de Reembolsabilidad: Ni las deducciones del Decreto ni los créditos del EFIDT son reembolsables. Si una startup no tiene ganancias imponibles (un escenario común para los innovadores), el incentivo no tiene valor en el año en curso. Puede ser arrastrado hacia adelante (10 años para EFIDT), pero la falta de liquidez inmediata es un obstáculo para las empresas de alto crecimiento.13
- Riesgo Discrecional: El requisito de aprobación del comité introduce incertidumbre. El capital global se asigna a jurisdicciones con certeza. El riesgo de que un comité pueda rechazar un proyecto técnicamente válido debido al “agotamiento del presupuesto” o a criterios opacos hace que el incentivo mexicano sea un “bono si lo consigues” en lugar de un “factor en el modelo de inversión”.
3. El Marco de Referencia de América del Norte: Competidores del T-MEC
Para comprender la competitividad relativa de México, debemos mirar hacia el norte. Bajo el T-MEC, EE. UU. y Canadá son socios, pero en la carrera por la asignación de capital, son feroces competidores.
3.1 Estados Unidos: El Retorno de la Deducción Total Inmediata (OBBBA)
El panorama fiscal de Estados Unidos experimentó un cambio sísmico en julio de 2025 con la promulgación de la “One Big Beautiful Bill Act” (OBBBA).14 Esta legislación abordó la queja más grande del sector tecnológico estadounidense: la amortización de la I+D.
3.1.1 Sección 174A: Restauración de la Liquidez
De 2022 a 2024, bajo la Ley de Recortes Fiscales y Empleos (TCJA), las empresas estadounidenses se vieron obligadas a capitalizar los gastos de I+D doméstica y amortizarlos durante 5 años (Sección 174). Esto creó una enorme obligación fiscal para las empresas con mucha I+D.
- La Solución de 2025: La OBBBA promulgó la Sección 174A, que restaura permanentemente la capacidad de deducir totalmente (deducción inmediata del 100%) los gastos de investigación y experimentación (I&E) domésticos en el año en que se incurren.15
- Impacto: Para una empresa de software que gasta $100 millones en desarrolladores, este cambio les permite deducir los $100 millones completos en el Año 1, en lugar de $20 millones. Esto crea una ventaja masiva de flujo de caja en comparación con México, donde el desarrollo de software a menudo está excluido o sujeto al EFIDT limitado e incremental.
- Retroactividad: En un movimiento para apoyar a las pequeñas empresas, la OBBBA permite a las empresas con menos de $31 millones en ingresos brutos aplicar esta deducción total de forma retroactiva a 2022, generando efectivamente reembolsos de impuestos para años anteriores.16
3.1.2 El Crédito Fiscal de I+D (Sección 41)
Además de la deducción, EE. UU. mantiene el Crédito Fiscal de I+D de la Sección 41.
- Modelo de Derecho: A diferencia del sistema de comité de México, el crédito de EE. UU. es un derecho. Las empresas lo calculan (típicamente 6-10% del gasto calificado) y lo reclaman. No piden permiso; solo se enfrentan al riesgo de auditoría.18
- Compensación de Nómina: Crucialmente para las startups, EE. UU. permite a las empresas pre-ingresos usar el crédito de I+D para compensar hasta $500,000 (potencialmente aumentado por OBBBA) en impuestos de nómina.19 Esto proporciona un beneficio de caja inmediato a las empresas sin obligación de impuesto sobre la renta, una característica completamente ausente en México.
3.2 Canadá: El Estándar de Oro Global para PYMES
El programa de Investigación Científica y Desarrollo Experimental (SR&ED) de Canadá es ampliamente considerado como el régimen de I+D más generoso para las pequeñas empresas entre las naciones del G7.
3.2.1 Reembolsabilidad Inigualable
La característica definitoria del sistema canadiense es la reembolsabilidad.
- CCPCs (Corporaciones Privadas Canadienses): Las Corporaciones Privadas Canadienses Controladas (CCPCs) reciben un crédito fiscal de inversión del 35% sobre los primeros CAD 3 millones de gastos calificados. Fundamentalmente, este crédito es 100% reembolsable. Si la empresa no debe impuestos, el gobierno emite un cheque en efectivo por el monto del crédito.20
- Reformas de 2025: Para apoyar a las empresas en crecimiento, Canadá aumentó recientemente el límite de gastos a CAD 4.5 millones y ajustó los umbrales de eliminación gradual, permitiendo a las empresas medianas más grandes retener el acceso a la tasa mejorada.22
- Corporaciones Públicas: Históricamente excluidas de las tasas altas, una reforma de 2025 extendió la elegibilidad de la tasa del 35% a las corporaciones públicas, nivelando el campo de juego y alentando a las empresas tecnológicas canadienses a cotizar en bolsa sin perder subsidios.23
3.2.2 Restauración de los Gastos de Capital
A fines de 2024, Canadá revirtió una política de una década y restauró la elegibilidad de los gastos de capital (equipo, maquinaria) para el crédito SR&ED.20 Este movimiento contrarresta directamente las deducciones de activos del “Plan México” de México. Ahora, una empresa canadiense que compra equipos de I+D obtiene tanto una deducción como un crédito reembolsable, mientras que una empresa mexicana solo obtiene la deducción.
3.3 Síntesis Norteamericana
El contraste es marcado. EE. UU. y Canadá operan sistemas de derechos basados en reglas y sin límites que priorizan el flujo de caja (deducción inmediata/reembolsabilidad) y amplias definiciones de I+D (incluido el software). México opera un sistema discrecional y limitado priorizado en torno a los activos físicos. Para una multinacional que decide dónde colocar un hub de ingeniería de software, EE. UU. o Canadá son matemáticamente superiores. Para una planta de fabricación pesada, la deducción de activos del 91% de México la hace altamente competitiva.
4. El Marco de Referencia Latinoamericano: Pares Regionales
México también compite por capital con Brasil, Chile y Colombia. Estas naciones ofrecen modelos alternativos para la política de innovación en el Sur Global.
4.1 Brasil: La Potencia de la Súper-Deducción (Lei do Bem)
Brasil opera el incentivo de I+D más agresivo en términos de magnitud de la deducción, conocido como la Lei do Bem (Ley del Bien).
- Súper-Deducción: Las empresas pueden deducir entre el 160% y el 200% de sus gastos de I+D de su base de ingresos imponibles.24
- Base: 160% de deducción.
- Bono por Patente: +20% (Total 180%) si se concede una patente.
- Bono por Contratación: +20% (Total 200%) si el número de investigadores exclusivos aumenta en >5%.26
- Enfoque en el Capital Humano: A diferencia del enfoque de México centrado en los activos, el incentivo adicional de Brasil por la contratación de investigadores apunta explícitamente a la densidad de capital humano.
- Nova Indústria Brasil (2024/2025): La administración de Lula lanzó una nueva política industrial que integra estas exenciones fiscales con crédito subsidiado del BNDES (Banco Nacional de Desarrollo) para misiones estratégicas como la descarbonización y la seguridad sanitaria.27
- La Compensación: Si bien el incentivo es generoso, el sistema fiscal subyacente de Brasil es notoriamente complejo. La transición en curso a un sistema de “IVA Dual” (IBS/CBS) tiene como objetivo simplificar esto, pero los costos de cumplimiento siguen siendo altos.28 Sin embargo, para las grandes empresas capaces de navegar la burocracia, el beneficio fiscal neto en Brasil a menudo supera al de México.
4.2 Chile: Estabilidad y Rigor Científico
Chile se diferencia a través de la estabilidad legislativa y una definición rigurosamente científica de I+D.
- Beneficio Híbrido: La Ley 20.241 proporciona un crédito fiscal del 35% contra el impuesto corporativo y permite que el 65% restante de los gastos se deduzca de los ingresos imponibles.29 Este efecto combinado reduce el costo de la I+D después de impuestos en más del 50%.
- Horizonte a Largo Plazo: Una ventaja competitiva crítica es la extensión de esta ley hasta 2035.31 En una región conocida por la volatilidad política, un horizonte de 10 años permite a las multinacionales planificar centros de investigación a largo plazo con certeza.
- Apoyo a las PYMES (Ley 21.755): En 2025, Chile promulgó reformas para apoyar a las PYMES (régimen Pro-Pyme), reduciendo temporalmente la tasa de impuesto corporativo al 12.5% para 2025-2027.32 Si bien no es un incentivo directo de I+D, esta baja tasa nominal combinada con el crédito de I+D crea un entorno altamente favorable para las pequeñas empresas de tecnología.
- Definición Científica: Chile utiliza la definición de I+D del Manual de Frascati. No requiere un resultado de patente (como el Decreto de México). Acepta la investigación “fallida” como válida, reconociendo el riesgo inherente de la ciencia.
4.3 Colombia: El Costo de la Volatilidad
Colombia sirve como una historia de advertencia de cómo la inestabilidad fiscal socava los incentivos.
- Incentivos: Colombia ofrece un sólido crédito fiscal del 50% para PYMES (introducido en 2020) y una deducción/descuento del 30% para otros.34 La tasa estatutaria es atractiva.
- La “Ley de Financiamiento” 2025: Sin embargo, el entorno fiscal es volátil. El gobierno propuso una nueva “Ley de Financiamiento” a fines de 2024/2025 para tapar las brechas presupuestarias, proponiendo aumentos en los impuestos a las ganancias de capital (del 15% al 20%), impuestos a los dividendos (al 20-30%) e impuestos al patrimonio.36
- Impacto: A pesar de las buenas tasas de I+D, los frecuentes cambios en el código fiscal (reformas en 2018, 2020, 2022, 2024, 2025) crean una prima de riesgo de inversión. Los inversores temen que los créditos de I+D otorgados hoy puedan ser derogados o limitados mañana.38
5. Análisis Estratégico Comparativo
5.1 La Matriz “Cash-on-Cash” (2025)
La siguiente tabla compara el impacto financiero directo de estos regímenes en una empresa hipotética.
| Característica | México (Plan México/EFIDT) | Estados Unidos (OBBBA) | Canadá (SR&ED) | Brasil (Lei do Bem) | Chile (Ley 20.241) |
|---|---|---|---|---|---|
| Mecanismo Primario | Deducción Inmediata (Activos) + Crédito Incremental | Deducción Total Inmediata del 100% + Crédito por Volumen/Incremental | Crédito Fiscal Reembolsable | Súper-Deducción (160-200%) | Crédito Fiscal (35%) + Deducción (65%) |
| Deducción de Activos | 35-91% (Inmediata) | 100% (Deprec. Bonus) | 100% (vía ITC + CCA) | 100% (Acelerada) | 100% (Instantánea para PYMES) |
| Base del Gasto de I+D | Incremental (promedio de 3 años) | Volumen (Ded.) + Incr. (Crédito) | Volumen | Volumen (+ bono Incr.) | Volumen |
| Beneficio en Efectivo (Startup) | Ninguno (Sin reembolsabilidad) | Compensación de Nómina (hasta $500k+) | Cheque de Reembolso (35% del gasto) | Ninguno | Ninguno |
| Límite | Limitado (MXN 1.5 mil millones pot. para I+D) | Ilimitado | Ilimitado (Límites de gastos) | Ilimitado | Ilimitado (Límite por contribuyente) |
| Gobernanza | Discrecional (Comité) | Derecho (Basado en reglas) | Basado en Auditoría | Autoevaluación | Certificación (CORFO) |
| Horizonte | 2030 (Decreto) | Permanente (Sec 174A) | Permanente | Permanente | 2035 |
5.2 Análisis de Brechas Estratégicas: El “Intermedio Perdido”
El marco de México revela una brecha específica: el “Intermedio Perdido”.
- Startups: Son ignoradas debido a la falta de reembolsabilidad.
- Innovadores Maduros: Son penalizados por el cálculo incremental. Si una empresa mantiene un presupuesto constante de I+D de $50 millones, México ofrece cero incentivos (ya que el aumento sobre el promedio es cero). Brasil, Chile y Canadá subsidiarían esta actividad constante.
- Ganadores: El sistema está optimizado para los fabricantes en expansión —empresas que compran nuevas máquinas y contratan a más personas que el año pasado. Esto está perfectamente alineado con el nearshoring pero desalineado con el sostenimiento de un ecosistema de innovación.
5.3 La Fricción Administrativa como Barrera
El requisito de aprobación del comité en México (tanto el Decreto como el EFIDT) actúa como una barrera no arancelaria. En EE. UU., un Director Financiero (CFO) calcula el crédito y presenta la declaración. En México, el CFO debe autorizar una presentación de proyecto, esperar a un comité (que se reúne periódicamente) y arriesgarse a un rechazo. Esta fricción conduce a la subutilización, evidenciada por el hecho de que solo ~30% del presupuesto del EFIDT se utilizó en 2024 a pesar de que el límite era bajo.9
6. ¿Prosperidad sin Incentivos? Un Pivote Teórico
La pregunta original plantea: Si no hubiera incentivos de I+D en México, describa cómo tener incentivos de I+D le ayudaría a prosperar.
Incluso si México eliminara todos los incentivos específicos de I+D, la teoría económica sugiere que la prosperidad aún podría lograrse a través de la Teoría del Crecimiento Endógeno. Esta teoría postula que el crecimiento económico es principalmente el resultado de fuerzas internas, no externas, y que la inversión en capital humano y conocimiento es el verdadero motor de los rendimientos.
6.1 El Mecanismo de Prosperidad a Través de la I+D
Si México implementara sólidamente incentivos de I+D (específicamente basados en volumen y sin límites), el mecanismo de transmisión de la prosperidad funcionaría de la siguiente manera:
- Reducción del Riesgo de Exploración: La innovación es intrínsecamente arriesgada. La mayoría de los experimentos fallan. Al subsidiar la entrada (el gasto en I+D), el gobierno se convierte en un co-inversor, reduciendo la “tasa de obstáculo” para proyectos arriesgados. Esto conduce a más experimentos y, estadísticamente, a más avances.
- Efectos de Derrame (Externalidades): Cuando una empresa en Monterrey innova un nuevo proceso de fabricación, ese conocimiento inevitablemente se “derrama” a proveedores locales, universidades y competidores a medida que los empleados cambian de trabajo. El rendimiento social de la I+D (aproximadamente 50-70%) es siempre mayor que el rendimiento privado (15-20%). Incentivos cierran esta brecha, alentando a las empresas privadas a producir niveles de innovación socialmente óptimos.
- Ascenso en la Cadena de Valor: Sin incentivos, las empresas racionales en México se centrarán en el ensamblaje de bajo riesgo (modelo de Maquiladora). Con incentivos, el cálculo cambia. Se vuelve rentable establecer centros de diseño. Esto crea demanda de ingenieros en lugar de operadores, elevando el salario medio y expandiendo la clase media.
6.2 Contrafactual: El Costo de la Inacción
Sin estos incentivos, México corre el riesgo de permanecer en una “trampa de bajo equilibrio”. A medida que la automatización erosiona la ventaja de la mano de obra barata, México podría perder su ventaja de fabricación ante jurisdicciones más baratas (Vietnam, India) mientras no logra capturar el trabajo de diseño de alto valor que permanece en EE. UU./Canadá. Los incentivos de I+D son el puente hacia la próxima etapa de desarrollo.
7. Recomendaciones para la Evolución de Políticas
Para transformar a México de un hub de fabricación en un motor de prosperidad, se recomienda la siguiente evolución del marco fiscal, basándose en las mejores prácticas de las naciones de referencia:
7.1 Recomendación 1: Eliminar el Límite del Presupuesto de Innovación
El límite de MXN 1.5 mil millones para las deducciones de innovación es un error de redondeo en una economía de billones de dólares. Señala una falta de seriedad. México debería pasar a un sistema sin límite y basado en derechos (como la Sección 41 de EE. UU.). Si el objetivo es ser una de las 10 principales economías, el gobierno debería dar la bienvenida a más gastos en I+D, no racionarlos.
7.2 Recomendación 2: Introducir la Reembolsabilidad para PYMES
México debe fomentar sus propios “unicornios”. La adopción de un crédito fiscal reembolsable similar al SR&ED de Canadá o una compensación de impuestos de nómina como la de EE. UU. inyectaría vida al ecosistema de startups. Permitir que las empresas pre-ingresos moneticen su gasto en I+D democratizaría la innovación más allá de los grandes conglomerados industriales.
7.3 Recomendación 3: Ampliar la Definición a “Ciencia”, no a “Patentes”
El Decreto del Plan México requiere “patentes o certificaciones”. Esto es demasiado estrecho. México debería adoptar la definición de la OCDE/Frascati utilizada por Chile, que reconoce el desarrollo de software, la ingeniería de procesos y los experimentos fallidos como I+D válidos. Esto alinearía a México con la economía digital, no solo con la industrial.
7.4 Recomendación 4: Cambiar de Incremental a Basado en Volumen
El promedio incremental de 3 años penaliza la consistencia. México debería hacer la transición a un incentivo basado en volumen (como Brasil/Canadá) o a un híbrido. Recompensar el mantenimiento de trabajos de ingeniería de alta calidad es tan importante como recompensar su expansión.
7.5 Recomendación 5: Estabilidad Legislativa
México sufre de “Fatiga de Decreto”, donde los incentivos cambian con cada administración. La promulgación de una Ley de Innovación permanente (similar al horizonte de 2035 de Chile o al código fiscal permanente de EE. UU.) proporcionaría la certeza requerida para las inversiones en I+D de varias décadas.
8. Conclusión
En 2025, México se encuentra en una encrucijada. Sus incentivos fiscales del “Plan México” son una respuesta poderosa y pragmática a la oportunidad del nearshoring, reduciendo con éxito el costo de capital para la expansión industrial. La deducción inmediata del 91% para maquinaria innegablemente llenará los parques industriales de Tijuana a Monterrey.
Sin embargo, cuando se ve a través de la lente de las referencias regionales y norteamericanas, el marco de México está incompleto. Es un marco construido para el hardware del siglo XX, no para el software y la ciencia del siglo XXI. EE. UU. ha restaurado la deducción total inmediata para las ideas; Canadá está reembolsando efectivo a quienes asumen riesgos; Brasil está súper-deduciendo los salarios de los investigadores. En comparación, los incentivos a la innovación de México, limitados, incrementales y restringidos por comités, son insuficientes para provocar una transformación hacia una economía del conocimiento.
Para que México prospere verdaderamente, debe reconocer que si bien las fábricas proporcionan puestos de trabajo, la innovación proporciona riqueza. La infraestructura fiscal debe evolucionar para apoyar a la mente con tanta agresividad como apoya a la máquina.
Fuentes de Datos Referenciadas:
- 2 – Decreto de México de Enero de 2025 y Plan México.
- 8 – Detalles del EFIDT de México.
- 1 – Contexto Macroeconómico (FMI/Banxico).
- 14 – OBBBA y Sección 174A de EE. UU.
- 20 – SR&ED de Canadá y Reformas de 2025.
- 24 – Lei do Bem y Política Industrial de Brasil.
- 29 – Ley de I+D de Chile y Reformas PYME de 2025.
- 34 – Incentivos de I+D y Ley de Financiamiento de Colombia.
Obras Citadas
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